Estamos recibiendo llamadas de algunos vecinos que necesitan que les retiremos la nieve de sus puertas. Les recordamos que su participación es muy importante y también les recordamos la siguiente normativa municipal dentro de la ordenanza de limpieza publicada en marzo 2014.

Artículo 27. Deber de colaboración de la ciudadanía

 1. Sin perjuicio de las competencias municipales en materia de limpieza, se establece el deber de colaboración de la ciudadanía en:

a) Situación de nevada los propietarios de edificios, los empleados de fincas o inmuebles, las comunidades de propietarios, y en cualquier caso, la persona o personas que tengan  a su cargo la limpieza de edificios privados, o públicos, las urbanizaciones y establecimientos de toda índole, estarán obligados a limpiar de nieve y hielo la parte frente a su fachada, o vías públicas de la urbanización al objeto de dejar libre el espacio suficiente para el paso de peatones y vehículos.

b) La nieve o el hielo se depositarán en la acera, junto al bordillo, o en los arcenes en las urbanizaciones, en ningún caso se depositarán en la calzada.

2. Mientras dure la situación de nevada, los ciudadanos en general, y los propietarios de inmuebles, negocios, solares, vehículos, etc., deberán observar las instrucciones que en todo momento dicte la Autoridad Municipal.

Intentemos ser solidarios entre todos y colaborar para mejorar la situación existente. Entre todos podemos.