El Consejo de Ministros aprobó el martes 19 de enero la declaración de Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil para los territorios afectados por el temporal de nieve Filomena.

El Ayuntamiento de Nuevo Baztán facilita la información al respecto. Siempre es importante leer tranquilamente toda la documentación y hablar primero con nuestro seguro, tanto del hogar como de nuestro vehículo si fuera necesario.

Información de interés

Podemos optar a una ayuda si nuestra vivienda se ha visto afectada en su estructura principal. También si son daños menores o hemos sufrido daños en los enseres domésticos de primera necesidad.

Podemos ser beneficiarios si el daño se ha producido en la vivienda habitual y que ese daño haya sido provocado de forma directa y determinante por el hecho catastrófico. Además debemos cumplir unos límites de ingresos que determinará en este caso el estado.

En caso de estar asegurado, que la indemnización percibida no cubra la totalidad de los daños producidos.

También ayudas por el fallecimiento de personas o declaración de incapacidad absoluta y permanente,  a consecuencia de los hechos o situaciones de catástrofe pública.

 

Estas ayudas van dirigidas a:

A unidades familiares o de convivencia económica que hayan sufrido daños personales.

A unidades familiares o de convivencia económica que hayan sufrido daños materiales en su vivienda habitual o en sus enseres de primera necesidad.

A Comunidades de Propietarios, en régimen de propiedad horizontal, para daños que afecten a elementos de uso común.

A titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, debidamente registrados a efectos fiscales y con un número de empleados igual o inferior a 50.

Debes presentar la solicitud y documentación en:

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. En este caso la delegación del gobierno de Madrid en este enlace.

b) En los registros del Ayuntamiento se podrá tramitar el envío mediante ORVE a la administración correspondiente, Delegación de Gobierno de Madrid. El Ayuntamiento envía la documentación pero no es el órgano que tramita los expedientes.

c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca enviándolo a la dirección de la Delegación del Gobierno de Madrid.