La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo, pone en marcha una nueva línea de ayudas a pymes comerciales y artesanas para paliar las consecuencias de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID19.
Estas ayudas van dirigidas a pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales (autónomos) que se dediquen a la actividad del comercio o la artesanía y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con el fin de apoyar su reactivación y favorecer su digitalización.
Para ello, podrán ser objeto de subvención aquellos gastos necesarios para el reinicio de la actividad comercial de acuerdo con las medidas preventivas exigidas por la autoridad sanitaria, tales como adquisición de pantallas o mamparas, sistemas de desinfección, sistemas de conteo de personas o sistemas de control de aforos, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetros digitales, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores o alfombras higienizantes.
Asimismo, se apoyarán las inversiones realizadas en procesos de transformación digital, entre ellas la integración en portales o plataformas agrupadas de internet, dedicadas a la comercialización conjunta (marketplaces), así como los gastos por registros de dominios, por altas, suscripciones (fijas o periódicas), tarifas o comisiones por operaciones, cierres de ventas, etc. en portales y plataformas comerciales en internet, para la venta o promoción de sus productos; el diseño, producción, mantenimiento y/o actualización de páginas web que incorporen venta online, o la incorporación de la misma a una web ya existente o la adquisición de equipos informáticos y software necesarios para la digitalización de procesos.
La ayuda consistirá en un 75% de la inversión realizada por las pymes comerciales y artesanas, con el límite de 5.000 € por beneficiario. Los gastos subvencionables deberán haber sido realizados desde el 14 de marzo de 2020 (fecha de la declaración del Estado de Alarma nacional) hasta el momento de presentación de la solicitud.
La presentación de la solicitud, sólo se podrá realizar por medios electrónicos, por lo que es necesario disponer de uno de los Certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid.
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 27 de octubre de 2020 y permanecerá abierto hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles. Podrán solicitarse a través del siguiente enlace