Con ocasión de la regularización catastral llevada a cabo por la Gerencia Provincial de Madrid, este Ayuntamiento ha procedido a notificar a cada uno de los contribuyentes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles afectados por los trabajos de regularización, las correspondientes liquidaciones del mencionado tributo con carácter individual por cada uno de los ejercicios objeto de los trabajos aludidos.

A fin de evitar incurrir en un supuesto de vicio por notificación defectuosa de las liquidaciones en concepto de IBI, su práctica ha seguido los cauces legales de notificación individual pese a coincidir en un mismo Sujeto Pasivo la notificación de varias liquidaciones correspondientes a distintos años. Cada uno de los trabajos de regularización se corresponde con un expediente individual y, en consecuencia, su notificación ha de practicarse, de igual modo, de manera individualizada por cada uno de los recibos de IBI de los años a que se refieran.

Esto quiere decir simplemente que los Sujetos Pasivos en los que concurran dos o más notificaciones, estas han de hacerse de forma individualizada y bajo ningún concepto en un mismo sobre cabría introducir dos o más notificaciones, pues ello vulneraría la normativa vigente.

Así que para todas aquellas personas que piensan que hacerlo como se ha hecho supone un dispendio, decirles que es la única manera correcta de hacerlo. Esperamos que esta nota sirva de aclaración de este asunto.